Consulta candidaturas indígenas
Tema: ACTORES POLÍTICOS | Consulta candidaturas indígenas
Áreas: DEPPP

Acción afirmativa indígena
¿Qué es?
Las acciones afirmativas son medidas compensatorias que tienen como propósito revertir escenarios de desigualdad que enfrentan grupos de personas en el ejercicio de sus derechos, como es el caso de las personas indígenas.
¿Cómo se ha implementado?
En 2018, el INE implementó por primera vez una acción afirmativa dirigida a personas indígenas para la elección a diputaciones federales, obligando a los partidos políticos a postular personas indígenas en, al menos, 13 distritos electorales.
En 2021, se incrementó a 21 distritos y nueve candidaturas en las listas de representación proporcional.
Autoadscripción calificada
El artículo 2° constitucional señala que la conciencia de identidad indígena —autoadscripción— es el criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas.
Sin embargo, en materia electoral, la Sala Superior del TEPJF determinó que es necesario que los partidos políticos acrediten que existe un vínculo entre la persona que se pretende postular y la comunidad a la que se adscribe; a lo que se denominó autoadscripción calificada.
Con esto, se busca garantizar que las personas electas por esta acción afirmativa realmente representarán los intereses de las personas, pueblos y comunidades indígenas.
Consulta
El Consejo General del INE aprobó la realización de una consulta previa, libre e informada a personas, pueblos y comunidades indígenas en materia de autoadscripción calificada para la postulación de candidaturas a cargos federales de elección popular, así como el Protocolo para llevarla a cabo. Asimismo, expidió la Convocatoria y el cuestionario guía para la consulta, así como la Convocatoria a las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y de investigación como observadores.

Objeto de la consulta
Recibir las opiniones, propuestas y planteamientos de las personas, pueblos y comunidades indígenas.

Materia de la consulta
La forma, mecanismos y elementos idóneos para verificar y acreditar la autoadscripción calificada.

Personas consultadas
Personas indígenas mexicanas residentes en el país, de forma individual o a través de autoridades tradicionales, comunitarias e instituciones representativas.
Etapas
La consulta se llevará a cabo en seis etapas:
Convocatoria
El INE emitirá la Convocatoria a la consulta a personas, pueblos y comunidades indígenas con base en el Protocolo aprobado.
Informativa
Se proporcionará a las personas indígenas, autoridades tradicionales, comunitarias y representaciones toda la información de la que se disponga respecto de la autoadscripción y autoadscripción calificada, a fin de propiciar la reflexión, debate y consenso de las propuestas. Los materiales informativos serán traducidos a diversas lenguas indígenas, conforme a las necesidades identificadas en cada entidad.
Deliberativa
Las comunidades consultadas, a través de sus autoridades indígenas, tradicionales o comunitarias, así como las personas indígenas en lo individual tendrán un periodo para deliberar sobre la información brindada, al igual que construir sus decisiones y reflexiones respecto del tema de consulta.
Consultiva
Se establecerá un diálogo entre el INE y las personas, pueblos y comunidades indígenas consultadas, a través de reuniones consultivas, con la finalidad de llegar a los acuerdos que procedan para alcanzar el objeto de la consulta.
Valoración de opiniones y sugerencias
Es compromiso del INE asumir el análisis y, en su caso, atender las propuestas, sugerencias y observaciones derivadas de la consulta. Para el caso en que no procedan las propuestas o sugerencias, el INE explicará las razones por las que no fueron consideradas, por medio de la elaboración de un dictamen técnico sobre la procedencia o improcedencia de las opiniones.
Conclusiones y dictamen
Concluido el análisis y valoración de las opiniones emitidas por las personas, pueblos y comunidades indígenas, el INE
procederá a elaborar y aprobar el Acuerdo del Consejo General en el cual se presentará el resumen de las opiniones y se
emitirán los Lineamientos para verificar el cumplimiento de la autoadscripción indígena calificada.