Información general: candidaturas independientes 2027
En esta página podrás consultar toda la información relativa a candidaturas independientes a Diputaciones Federales por el principio de mayoría relativa en el Proceso Electoral Federal (PEF) 2026-2027.
Convocatoria
Consulta la Convocatoria que emitió el Consejo General del INE a la ciudadanía interesada en postularse a una candidatura independiente para las elecciones de 2027.
Fechas importantes:
- Manifestación de intención.
| Cargo | Instancia | Fecha límite |
|---|---|---|
| Diputaciones Federales por el principio de Mayoría Relativa | Junta Distrital Ejecutiva | 13 de diciembre |
- Constancia de aspirante:
| Cargo | Fecha de expedición |
|---|---|
Diputaciones Federales por el principio de mayoría relativa | 14 de diciembre |
Si la manifestación de intención se presenta el último día y deriva en un requerimiento, una vez que resulte procedente, la constancia deberá emitirse a más tardar el 17 de diciembre de 2026.
Manifestaciones de intención
Aquí se podrán consultar los registros de las manifestaciones de intención de personas interesadas en postularse a una candidatura independiente al cargo Diputaciones Federales, como se desglosa a continuación:
| Cargo | Manifestaciones de intención presentadas | Manifestaciones de intención procedentes | Desistimientos |
|---|---|---|---|
| Diputaciones | 0 | 0 | 0 |
En este apartado podrás consultar la lista completa de personas que presentaron manifestación de intención.
Captación de apoyo de la ciudadanía
Las personas aspirantes a una candidatura independiente deben realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo requerido por la Ley, por medios distintos a la radio y la televisión, a partir del día siguiente a la fecha en que se emitió su constancia de aspirante.
Las fecha límite para la captación de apoyo de la ciudadanía , conforme a los plazos establecidos en Ley, es la siguiente:
| Cargo | Fecha límite para recabar apoyo |
|---|---|
| Diputaciones | 12 de febrero de 2027 |
Cuando la manifestación de intención se presente el último día y requiera subsanar omisiones, el cierre del periodo para recabar el apoyo de la ciudadanía se recorrerá los días equivalentes una vez declarada su procedencia.
- Al menos 2% de la lista nominal del distrito electoral federal del que se trate.
- Que pertenezcan a, por lo menos, la mitad de las secciones electorales que sumen cuando menos el 1% de la ciudadanía que figure en la lista nominal en cada una de ellas.
Sobre la APP
A partir de 2018, la captación de apoyo de la ciudadanía para el registro de candidaturas independientes se realiza por medio de una aplicación móvil (APP).
Es la herramienta tecnológica implementada por el Instituto Nacional Electoral para recabar el apoyo de la ciudadanía que respalda a las y los aspirantes a candidaturas independientes, así como para llevar un registro de las y los auxiliares de éstos.
Sustituye a la denominada cédula de respaldo para acreditar que los y las aspirantes cuentan con el porcentaje de apoyo de la ciudadanía que exige la Ley.
Conoce aquí los Lineamientos aprobados por el Consejo General para el uso de la APP y para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía.
- Certeza sobre la voluntad de la ciudadanía que brinda su apoyo, pues mediante la APP se debe captar la imagen del anverso y reverso de una credencial para votar original y una fotografía viva de la o el ciudadano, así como su firma.
- Protección de datos personales, ya que la información recabada viajará encriptada a los servidores del INE y, al ser recibida, se borrará de manera definitiva del dispositivo móvil en el que se haya captado.
- Reducción del tiempo requerido para recabar cada apoyo.
- Transparencia y certeza para las y los aspirantes al poder monitorear su avance.
- Eficacia en la captura al disminuir los errores humanos al momento de obtener los datos de la ciudadanía.
- No se requiere conexión a Internet en tiempo real para capturar los registros de apoyo de la ciudadanía. Los datos pueden recabarse y enviarse cuando se tenga acceso a una red.
Modalidad auxiliar:
Para conocer cómo instalar la APP en tu dispositivo móvil, así como detalles sobre su funcionamiento y el del Portal web, puedes consultar los siguientes manuales:
Modalidad “Mi apoyo” (autoservicio):
A partir del PEF 2021, el INE puso en funcionamiento una nueva modalidad de la APP, la cual consiste en que la ciudadanía puede proporcionar su apoyo a las personas aspirantes sin la mediación de auxiliares y con su propio dispositivo móvil. Conoce cómo acceder a esta modalidad en la siguiente guía:
¿Por qué la información es preliminar?
Porque el INE es responsable de velar por la voluntad de las y los ciudadanos que decidan respaldar a las y los aspirantes que buscan registrarse a candidaturas independientes.
Por esto, el Instituto debe:
- Garantizar la validez y autenticidad de cada apoyo que recaben las y los auxiliares mediante la APP y las cédulas en papel por régimen de excepción
- Verificar que las y los ciudadanos que otorguen su apoyo a un o una aspirante se encuentren en el Padrón Electoral y la Lista Nominal.
- Corroborar que no hay apoyos de la ciudadanía duplicados entre las y los aspirantes que buscan registrarse a una candidatura independiente.
- Verificar que se cumplen con las obligaciones de fiscalización.
Régimen de excepción
Tomando en consideración que existen algunas comunidades en donde hay un impedimento material o tecnológico para recabar el apoyo de la ciudadanía a través de la APP , el Consejo General del INE decidió la aplicación de un régimen de excepción en algunos municipios del país como un mecanismo para maximizar y equilibrar la participación de la ciudadanía.
Aquí puedes consultar la lista de los 204 municipios con muy alto grado de marginación en los que se aplicó el régimen de excepción, así como el formato de cédula de respaldo para recabar el apoyo de la ciudadanía en estos municipios.
Financiamiento
Las candidatas y candidatos independientes pueden recibir financiamiento público para la obtención del voto, así como prerrogativa postal para la etapa de campañas electorales.
El financiamiento y la prerrogativa postal se distribuirá conforme lo que apruebe el Consejo General.
Fiscalización
Las personas aspirantes a una candidatura independiente tienen obligaciones en materia de fiscalización y rendición de cuentas.
Los actos tendentes a recabar el apoyo de la ciudadanía para contender por una candidatura independiente en las elecciones de 2027 deben financiarse con recursos privados de origen lícito, y están sujetos a un tope de gastos equivalente al 10% del establecido para las campañas inmediatas anteriores, según la elección de que se trate:
| Cargo | Tope de gastos para la captación de apoyo |
|---|---|
| Diputaciones | $220,326.20 |
Solicitud de registro
Del 22 y 29 de marzo de 2027, las personas aspirantes con el número suficiente de apoyos válidos requeridos por la Ley deberán presentar por escrito su solicitud de registro ante la instancia correspondiente conforme a lo siguiente:
| Cargo | Instancia |
|---|---|
| Diputaciones | Consejo Distrital que corresponda o supletoriamente ante el Consejo General |
Los formatos que deben acompañar la solicitud de registro son:
Los Consejos General y Distritales deben sesionar el 03 de abril de 2027 para acordar lo conducente respecto a las solicitudes de registro de candidaturas independientes.