Resolución para ejercer la Facultad de Atracción a efecto de emitir los Lineamientos para garantizar la equidad entre los participantes en la contienda electoral

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El Instituto Nacional Electoral puede asumir todas o algunas de las actividades y funciones electorales locales, o delegarlas en los OPL a partir de las siguientes atribuciones especiales:

Consulta la Resolución que aprobó el Consejo General el pasado 20 de julio para ejercer la facultad de atracción, a efecto de emitir los lineamientos para garantizar la equidad entre los participantes en la contienda electoral.

Facultad de Atracción

Atracción:

El INE podrá conocer cualquier asunto de competencia local que se considere trascendente o para sentar un criterio de interpretación, mediante solicitud formulada por al menos cuatro consejeros electorales del Instituto o la mayoría del Consejo General del OPL.

Asunción parcial

Asunción parcial:

Los OPL podrán solicitar en cualquier momento del Proceso Electoral y por mayoría de votos de su Consejo General que el INE asuma la realización de alguna actividad de la función electoral local.

Asunción total

Asunción total:

Cuando se acrediten factores sociales que afecten la paz pública, pongan en riesgo a la sociedad o impidan que el OPL lleve a cabo su función.

Facultad de Delegación

Delegación:

El INE puede delegar excepcionalmente funciones en el OPL, siempre que se verifique que éste cuenta con los recursos técnicos, materiales y humanos para hacerse cargo de la función delegada.

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