Las casillas electorales
Son los lugares donde la ciudadanía acude a emitir su voto el día de la Jornada Electoral.
Deben instalarse en lugares de fácil y libre acceso como escuelas, oficinas o lugares públicos y domicilios particulares.
No pueden ser sitios habitados por servidores públicos o por dirigentes de partidos políticos o candidatos registrados; ni ser propiedad de estos últimos. Tampoco pueden ser establecimientos fabriles, templos o locales destinados al culto, o locales de partidos políticos, cantinas, centros de vicio o similares.
A continuación te presentamos el procedimiento por el que se aprueba el número y ubicación de casillas electorales.