Sesión Extraordinaria del Consejo General, 5 de abril de 2017 (segunda) - Instituto Nacional Electoral

Sesión Extraordinaria del Consejo General, 5 de abril de 2017 (segunda)

Publicado el: 5 de abril de 2017
Categoría: Consejo General
Escrito por: INE
Tema: Sesión Extraordinaria

Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se da cumplimiento a la sentencia de la H. Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, recaída al recurso de apelación identificado con el número de expediente SG-RAP-1/2017, interpuesto por el Partido Político Local Encuentro Social en el estado de Baja California, en contra del Dictamen Consolidado y la Resolución identificados con los números de Acuerdo INE/CG825/2016 e INE/CG841/2016 respecto de las irregularidades encontradas en los Dictámenes Consolidados de la revisión de los Informes Anuales de Ingresos y Gastos de los Partidos Políticos Locales correspondiente al ejercicio dos mil quince.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba designar como Vocales Ejecutivos de Junta Local Ejecutiva o Junta Distrital Ejecutiva a las personas aspirantes que resultaron ganadoras en la Primera Convocatoria del concurso público 2016-2017 para ocupar cargos del Servicio Profesional Electoral Nacional del Instituto.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se designan a los Presidentes de Consejos Distritales para el Proceso Electoral Local 2016-2017, quienes en todo tiempo fungirán como Vocales Ejecutivos de sus respectivas Juntas Distritales.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se modifican las Convocatorias para la designación de las y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales de las entidades de la Ciudad de México y Michoacán aprobadas mediante el Acuerdo INE/CG56/2017.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se modifica el Acuerdo INE/CG04/2017 por el que se determinó ejercer la facultad de atracción para establecer mecanismos para contribuir a evitar acciones que generen presión sobre el electorado, así como el uso indebido de programas sociales y la violación a los principios de equidad e imparcialidad, durante los Procesos Electorales Locales 2016-2017 en Coahuila, Estado de México, Nayarit y Veracruz.