La coordinación de actividades entre el Instituto y los Organismos Públicos Locales Electorales está a cargo de la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales y de la Consejera o Consejero Presidente de cada organismo público local, a través de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, en los términos previstos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.