Las candidaturas independientes pueden presentarse con el respaldo de la ciudadanía al margen de los partidos políticos. Los requisitos para las postulaciones federales están en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
En el Proceso Electoral Federal (PEF) 2021, los Consejos Distritales respectivos aprobaron el registro de tres candidaturas independientes a diputaciones federales:
- Christopher Arturo Rodríguez Hernández en el distrito 09 de Jalisco
- Carlos Alejandro Bautista Tafolla en el distrito 09 de Michoacán
- Delfino Suárez Piedras en el distrito 01 de Tlaxcala
Conoce más datos de su perfil en el portal de ¡Candidatas y Candidatos, Conóceles!
En esta página podrás encontrar información sobre todas las etapas que siguieron las y los aspirantes a una candidatura independiente a diputación federal en 2021, desde la emisión de la Convocatoria por parte del INE, hasta la presentación de solicitudes de registro de quienes cumplieron con los requisitos previstos en la Ley.
Información general: candidaturas independientes PEF 2021.
- 61 notificaciones de intención
- 44 cumplieron con los requisitos:
- 36 distritos con 1 aspirante
- 4 distritos con 2 aspirantes
- 6 desistimientos
- 38 aspirantes con proceso vigente al término de la etapa de obtención de apoyo ciudadano
Al 18 de febrero de 2021, el INE recibió 97,321 apoyos ciudadanos de los (as) 38 aspirantes con proceso vigente a una candidatura independiente.
Consulta el Acuerdo INE/CG81/2021 del Consejo General, por el que se da respuesta a las solicitudes planteadas por diversas personas aspirantes a candidatura independiente a diputación federal por el principio de mayoría relativa.
Convocatoria
Aquí podrás consultar la Convocatoria que emitió el Consejo General del INE a la ciudadanía interesada en postularse como candidata o candidato independiente a una Diputación Federal por el principio de mayoría relativa, para el PEF 2021.
Fechas importantes:
- Manifestación de intención:
Del 30 de octubre al 1 de diciembre de 2020, ante la Vocalía Ejecutiva de la Junta Distrital que corresponda.
- Constancia de aspirante:
El 2 de diciembre de 2020 para todas las personas que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la Convocatoria.
En sesión extraordinaria del 15 de diciembre de 2020, el Consejo General aprobó modificaciones a la Convocatoria y a los Lineamientos para el uso de la APP y la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía. Consulta aquí el Acuerdo mediante el cual se aprobaron estas modificaciones.
Captación de apoyo de la ciudadanía
Las y los aspirantes a una candidatura independiente a una diputación federal debieron realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo requerido por la Ley, por medios distintos a la radio y la televisión, a partir del día siguiente a la fecha en que se emita su constancia de aspirante y hasta el 12 de febrero de 2021, de conformidad con el Acuerdo del Consejo General por el que se modifican los periodos de obtención de apoyo ciudadano.
Las y los aspirantes debieron contar con el apoyo de una cantidad de ciudadanos y ciudadanas equivalente a:
- Al menos 2% de la lista nominal del distrito electoral federal del que se trate.
- Que pertenezcan a, por lo menos, la mitad de las secciones electorales que sumen cuando menos el 1% de la ciudadanía que figure en la lista nominal en cada una de ellas.
Sobre la APP
A partir del Proceso Electoral Federal 2017-2018, la captación de apoyo de la ciudadanía para el registro de candidaturas independientes se realiza por medio de una aplicación móvil (APP).
Es la herramienta tecnológica implementada por el Instituto Nacional Electoral para recabar el apoyo de la ciudadanía que respalda a las y los aspirantes a candidaturas independientes, así como para llevar un registro de las y los auxiliares de éstos.
Sustituye a la denominada cédula de respaldo para acreditar que los y las aspirantes cuentan con el porcentaje de apoyo de la ciudadanía que exige la Ley.
Conoce aquí los Lineamientos aprobados por el Consejo General para el uso de la APP y para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía.
El Consejo General realizó modificaciones a los Lineamientos con el objetivo de incluir la modalidad de autoservicio de la APP. Consulta aquí el Capítulo Quinto añadido a los Lineamientos, relativo a la participación de la ciudadanía para la obtención de los apoyos a través de la APP.
- Certeza sobre la voluntad de la ciudadanía que brinda su apoyo, pues mediante la APP se debe captar la imagen del anverso y reverso de una credencial para votar original y una fotografía viva de la o el ciudadano, así como su firma.
- Protección de datos personales, ya que la información recabada viajará encriptada a los servidores del INE y, al ser recibida, se borrará de manera definitiva del dispositivo móvil en el que se haya captado.
- Reducción del tiempo requerido para recabar cada apoyo.
- Transparencia y certeza para las y los aspirantes al poder monitorear su avance.
- Eficacia en la captura al disminuir los errores humanos al momento de obtener los datos de la ciudadanía.
- No se requiere conexión a Internet en tiempo real para capturar los registros de apoyo de la ciudadanía. Los datos pueden recabarse y enviarse cuando se tenga acceso a una red.
Uso de APP por autoservicio y mediante auxiliares
Autoservicio
Para el PEF 2021, el INE puso en funcionamiento una nueva modalidad de la APP, la cual consiste en que la ciudadanía puede proporcionar su apoyo a las y los aspirantes sin la mediación de auxiliares y sin salir de su hogar.
Conoce cómo acceder a esta modalidad en el siguiente video:
Uso de APP por auxiliares
Para conocer cómo instalar la APP en tu dispositivo móvil, así como detalles sobre su funcionamiento y el del Portal web, puedes consultar los siguientes manuales:
- Manual de auxiliar/gestor(a) Android
- Manual de auxiliar/gestor(a) iOS
- Manual de usuarios(as) del Portal web
De igual forma, aquí puedes consultar el “Protocolo específico para evitar contagios por coronavirus (COVID-19) durante los trabajos para recabar el apoyo de la ciudadanía que deberán observar las y los auxiliares de las personas aspirantes a una candidatura independiente”:
En este video podrás conocer cómo cambiar de la modalidad de autoservicio a la de auxiliar en la APP.
Reportes de aspirantes
En esta sección podrás conocer el avance preliminar en la captación de apoyo de la ciudadanía de las y los aspirantes a una candidatura independiente. Los registros preliminarmente identificados en Lista Nominal son aquellos encontrados en Lista Nominal y cuyas imágenes (Credencial para Votar, foto viva y firma) fueron revisadas en Mesa de Control.
- 18/feb Reporte de avance de apoyo de la ciudadanía y de dispersión
- 11/feb Reporte de avance de apoyo de la ciudadanía y de dispersión
- 4/feb Reporte de avance de apoyo de la ciudadanía y de dispersión
- 28/ene Reporte de avance de apoyo de la ciudadanía y de dispersión
- 21/ene Reporte de avance de apoyo de la ciudadanía y de dispersión
- 14/ene Reporte de avance de apoyo de la ciudadanía y de dispersión
- 7/ene Reporte de avance de apoyo de la ciudadanía y de dispersión
- 31/dic Reporte de avance de apoyo de la ciudadanía y de dispersión
- 24/dic Reporte de avance de apoyo de la ciudadanía y de dispersión
- 17/dic Reporte de avance de apoyo de la ciudadanía y de dispersión
- 10/dic Reporte de avance de apoyo de la ciudadanía y de dispersión
¿Por qué la información es preliminar?
Porque el INE es responsable de velar por la voluntad de las y los ciudadanos que decidan respaldar a las y los aspirantes que buscan registrarse a candidaturas independientes.
Por esto, el Instituto debe:
- Garantizar la validez y autenticidad de cada apoyo que recaben las y los auxiliares mediante la APP y las cédulas en papel por régimen de excepción
- Verificar que las y los ciudadanos que otorguen su apoyo a un o una aspirante se encuentren en el Padrón Electoral y la Lista Nominal.
- Corroborar que no hay apoyos de la ciudadanía duplicados entre las y los aspirantes que buscan registrarse a una candidatura independiente.
- Verificar que se cumplen con las obligaciones de fiscalización.
Régimen de excepción
Tomando en consideración que existen algunas comunidades en donde hay un impedimento material o tecnológico para recabar el apoyo de la ciudadanía a través de la APP, el Consejo General del INE determinó la aplicación de un régimen de excepción en algunos municipios del país como un mecanismo para maximizar y equilibrar la participación de la ciudadanía.
Aquí puedes consultar la lista de los 283 municipios con muy alto grado de marginación en los que se aplicó el régimen de excepción, así como el formato de cédula de respaldo para recabar el apoyo de la ciudadanía en estos municipios.
Financiamiento
Las candidatas y candidatos independientes pueden recibir financiamiento público para la obtención del voto, así como prerrogativa postal para la etapa de campañas electorales.
El financiamiento y la prerrogativa postal se distribuyó conforme a lo aprobado por el Consejo General en el Acuerdo INE/CG192/2021. Ninguna candidatura independiente debió recibir financiamiento público para gastos de campaña que excediera la cantidad de $1,648,189.
Fiscalización
Las y los aspirantes a una candidatura independiente tienen obligaciones en materia de fiscalización y rendición de cuentas.
Los actos tendentes a recabar el apoyo de la ciudadanía para contender como candidata o candidato independiente en el PEF 2021 debieron financiarse con recursos privados de origen lícito, y estuvieron sujetos al tope de gastos de $143,211.
Si tienes dudas respecto a la operación de los sistemas de fiscalización ponte en contacto con nosotros:
Solicitud de registro
Del 22 al 29 de marzo de 2021, las y los aspirantes que contaban con el número suficiente de apoyos válidos requeridos por la Ley debieron presentar por escrito su solicitud de registro ante el Consejo Distrital correspondiente, o supletoriamente, ante el Consejo General del INE.
Los formatos que deben acompañar la solicitud de registro son:
Los Consejos General y Distritales sesionaron el 3 de abril de 2021 para acordar lo conducente respecto a las solicitudes de registro de candidaturas independientes a Diputaciones Federales por mayoría relativa.